Mudarse a España desde fuera de la UE

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Mudarse a España desde fuera de la UE

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TIPO DE AUTORIZACION

Es una autorización de residencia temporal y trabajo para un no residente extranjero en España para realizar una lucrativa actividad en su propio .

REGLAMENTOS BÁSICOS

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículos 25 bis, 36 y 37).
  • Ley 12/2012, de 26 de diciembre, sobre medidas urgentes para liberalizar el comercio y determinados servicios.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril(artículos 103 a 109).
  • Instrucción DGI / SGRJ / 05/2007, sobre la incorporación a los expedientes de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, de determinados informes que serán considerados como medio de prueba del cumplimiento de determinados requisitos reglamentarios, sin perjuicio de cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.

REQUISITOS

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza, o un familiar de ciudadanos de estos países a los que se aplica el régimen ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse irregularmente en territorio español.
  • Falta de antecedentes penales en España y en sus anteriores países de residencia por delitos tipificados en la legislación española.
  • No tener prohibido entrar en España y no aparecer como objetable en el espacio territorial de los países con los que España ha firmado un convenio al respecto.
  • No ser, donde corresponda, dentro del período de compromiso de no regresar a España que ha asumido el extranjero al regresar voluntariamente a su país de origen.
  • Cumplir con los requisitos que exige la legislación vigente para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
  • Poseer lo requerido cualificación profesional o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como membresía cuando se requiera.
  • Becapaz de demostrar eso la inversión planificada es suficiente y el impacto, en su caso, en la creación de empleo.
  • Para poder demostrar que tienen suficientes recursos financieros para su manutención y alojamiento, deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.

 

DOCUMENTOS REQUERIDOS

Nota: en general, se deben entregar copias de los documentos y los originales deben estar exhibidos al momento de presentar la solicitud.

  • Formulario de solicitud modelo oficial (EX - 07) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado. Este formulario se puede obtener AQUÍ
  • Copia completa de IMPORTANTE pasaporte o documento de viaje.
  • En las actividades comerciales al por menor y prestación de los servicios enumerados en el Anexo de la Ley 12/2012, que se realicen en establecimientos permanentes, Superficie útil igual o inferior a 300 metros cuadrados, declaración responsable o comunicación previa. (en los términos del artículo 71 bis de la Ley 30/1992) y, en su caso, justificante del pago del impuesto correspondiente.

En el resto de actividades y prestación de servicios profesionales, una relación de los autorizaciones o licencias que se requieran para la instalación, apertura u operación de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional, indicando la situación en la que se encuentran los procedimientos para su realización. , incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los organismos correspondientes.

  • Copia de la documentación que demuestra poseer la formación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  • Acreditación que existe suficiente inversión financiera, o compromiso de apoyo de instituciones financieras u otros.
  • Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, indicando la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se espera.

A modo de ejemplo y con independencia de su justificación por otros medios admisibles en Derecho, los tres últimos Las secciones pueden ser acreditadas por el informe de valoración. emitido por una de las siguientes organizaciones:

  • Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos ( ATA)
  • Sindicato de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) 
  • Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español (CIAE)
  • Organización de Profesionales y Autónomos (Oferta pública de adquisición)
  • Sindicato de Asociaciones de Autónomos y Empresarios (EAU)

Nota importante: cuando se proporcionan documentos de otros países, deben ser traducido al español o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

Por otro lado, todo documento público extranjero debe ser previamente legalizado por la Oficina Consular de España con jurisdicción en el país en el que dicho documento haya sido emitido o, en su caso, por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cooperación. excepto en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la autoridad competente del país emisor según la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de la Convención Internacional.

Para más información sobre la traducción y legalización de documentos, puede consultar la ficha de información

 

NUESTRO PROCESO

  • Sujeto habilitado para presentar la solicitud: el extranjero, personalmente.
  • Lugar de presentación: misión diplomática u oficina consular española correspondiente a su lugar de residencia.
  • Tasas de residencia y trabajo: se devengarán al momento de la admisión a trámite de la solicitud, debiendo ser pagadas dentro de los diez días hábiles, son:
    • Modelo 790 código 052, sección 2.1 autorización inicial de residencia temporal
    • Modelo 790 Código 062, sección 1.5 “Auto -autorizaciones de empleo

El formulario de suscripción se puede descargar desde el Portal de Internet de la Secretaría de Estado de Función Pública

  • Plazo de resolución de la solicitud: 3 meses a partir del día siguiente a la fecha de su inscripción en el registro del órgano competente para su tratamiento. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya realizado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido rechazada por silencio administrativo.
  • La misión diplomática u oficina consular notificará al interesado la resolución sobre la solicitud de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
  • En el caso de concesión, el trabajador tiene un mes desde la notificación hasta solicitar personalmente la visa , en la misión diplomática u oficina consular en cuya demarcación resida. La solicitud debe ir acompañada de:
    • Ordinario pasaporte o documento de viaje reconocido como válido en España con un validez mínima de cuatro meses .
    • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
    • Certificado médico.
    • Comprobante de haber pagado el cuota ,
  • La misión diplomática decidir en la solicitud dentro de un mes .
  • Una vez que la Se ha concedido la visa, en su caso, el trabajador. debe recogerlo personalmente dentro de un mes a partir de la fecha de notificación. Si el cobro no se realiza dentro del plazo antes mencionado, se entenderá que ha renunciado y se archivará el expediente.
  • En el momento que todos los DARWINs coticen incluyendo los deslizamientos se recoge la visa, el trabajador deberá entrar en territorio español dentro del plazo de validez del visado, que será de tres meses.
  • A partir de la entrada en España, el trabajador tiene tres meses para hacer su afiliación , alta y posterior aportación en los términos que establezca la normativa de Seguridad Social aplicable.
  • Dentro de un mes desde que el trabajador se da de alta en la Seguridad Social, él o ella debe solicitar personalmente la Cédula de Extranjero en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. Para ver dónde ir, el horario y si tienes que concertar una cita, puedes consultar: AQUÍ
  • El solicitante mostrará su pasaporte o título de viaje en el momento del procesamiento de huellas dactilares y proporcionará:
    • Modelo oficial solicitud de tarjeta (EX-17) disponible en AQUÍ
    • Prueba de pago de la tarifa de la tarjeta.
    • Acreditación de afiliación y / o registro en la Seguridad Social.
    • Tres recientes color tamaño pasaporte fotografías sobre un fondo blanco

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